
La decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos que declaró ilegal el uso del International Emergency Economic Powers Act (IEEPA) para imponer aranceles generalizados no implica un retorno al libre comercio. El cambio es institucional: el instrumento deja de ser una herramienta de emergencia —rápida y discrecional— y pasa a un marco más lento, litigable y sujeto a procesos administrativos.
En respuesta, la administración activó la Sección 122 del Trade Act para implementar un arancel global temporal de 10%, con duración máxima de 150 días. Paralelamente, se aceleran investigaciones bajo la Sección 301 del Trade Act que podrían sustentar medidas de carácter más permanente.
El shock para el mercado no es la desaparición del proteccionismo, sino la apertura de un período de transición con alta incertidumbre legal, reflejada en el incremento de los indicadores de incertidumbre comercial en EE.UU.
En el corto plazo, la invalidación del esquema previo reduce la probabilidad de disrupciones abruptas en cadenas de suministro y modera, en el margen, los temores inflacionarios asociados a un aumento súbito en precios importados.
El reemplazo por un arancel temporal de menor alcance genera una realineación sectorial más que un cambio macroeconómico profundo. Sectores dependientes de importaciones y compañías intensivas en bienes transables —cuyos márgenes dependen del costo de insumos externos— encuentran un alivio relativo.
Asimismo, algunas economías emergentes, especialmente en Asia y partes de América Latina, podrían beneficiarse transitoriamente de una menor presión comercial y mejores términos de intercambio. Sin embargo, este beneficio es condicional: las investigaciones en curso podrían reintroducir medidas similares en los próximos meses.

Los riesgos no se concentran necesariamente en los sectores previamente protegidos, sino en la dimensión fiscal e institucional. La sentencia abre la posibilidad —aún incierta en montos y plazos— de devoluciones por aranceles ya recaudados. Diversos análisis sitúan ese rango potencial en torno a US$170.000 millones, sujeto a definición por la Corte de Comercio Internacional y/o el Congreso.
Esto deja una parte relevante de la recaudación en un limbo legal, con implicancias para la sostenibilidad fiscal soberana. A su vez, las negociaciones comerciales internacionales podrían volverse más complejas, ya que socios estratégicos podrían postergar acuerdos hasta contar con mayor claridad normativa.
Industrias globales como automotriz, maquinaria y tecnología hardware —altamente sensibles a la estabilidad de reglas comerciales— enfrentan un entorno de mayor cautela en decisiones de inversión.
El entorno actual es paradójico. Existe alivio comercial inmediato, pero mayor incertidumbre estratégica. La reducción del riesgo de un shock inflacionario abrupto coexiste con una transición legal que puede derivar en negociación estructural o en una nueva escalada proteccionista más gradual, pero potencialmente igual de profunda.
Para los inversionistas, la variable crítica no es el nivel puntual de aranceles hoy, sino la trayectoria institucional de la política comercial estadounidense. Los activos más sensibles al ciclo global pueden extender el rebote táctico en el corto plazo; sin embargo, la sostenibilidad de ese movimiento dependerá de si la transición culmina en estabilidad normativa o en un nuevo régimen arancelario permanente.
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